Obligados
- Quien deba emitir factura por normativa y use software informático: empresas, autónomos, cooperativas, profesionales, comunidades de bienes, entidades parciales, sociedades civiles.
- Territorio común (excepto País Vasco/Navarra/SII).
- También ventas internacionales desde España.
Exclusiones
- Sin obligación de facturar (regímenes especiales, ventas minoristas puramente manuales, operaciones exentas, algunas actividades agrícolas/ganaderas…).
- Quien solo factura en papel/manual, sin ningún sistema informático.
- SII, territorios forales (TicketBAI).

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